Creative Commons. Obras comunes y creativas

Artículo para The Trend Net. Mayo 2009.

Un pirata es aquella “persona que, junto con otras de igual condición, se dedica al abordaje de barcos en el mar para robar”, pero –como en Internet lo que se hace es navegar-– del usuario que aborda los contenidos que están colgados en la red con copyright, se dice que está cometiendo un acto de piratería.

Las entidades de gestión colectiva son las responsables de vigilar y controlar dichos actos, imponiendo sanciones que varían en función de la magnitud del saqueo. Sin embargo, ¿qué pasa cuando un/a autor/a quiere que la gente tenga un acceso fácil, libre y gratuito a su obra, sin que se aplique automáticamente a ésta la protección del copyright? Que puede hacer uso de las licencias Creative Commons, incluyendo la recién inaugurada –y controvertida– CC0 (versión 1.0) según la cual el/la autor/a “dedica su trabajo a los Commons renunciando a todos sus derechos sobre el trabajo bajo la ley de copyright y todos los derechos legales relacionados, en la medida permitida por la ley”.

Es decir, que ni el/la creador/a ni el futuro usuario tendrán los derechos de la obra, perdida ya y para siempre en un mar de contenidos comunes y creativos para el dominio público. Un mar donde los piratas –y con ellos la entidades de gestión colectiva– tendrán poco que hacer.

http://creativecommons.org/publicdomain/zero/1.0/deed.es